He comprado una vivienda vacacional en España – ¿Qué trámites debo realizar?

Comprar una vivienda vacacional en España es un gran paso – asociado al sol, la playa y el estilo de vida mediterráneo. Pero después de firmar la escritura de compraventa comienza una etapa importante: cumplir con todas las obligaciones administrativas. En este artículo te explicamos qué gestiones debes realizar tras la compra de tu propiedad – de forma clara, estructurada y comprensible.

1. Inscripción en el Registro de la Propiedad

Después de la firma ante notario, la vivienda debe inscribirse oficialmente a tu nombre en el Registro de la Propiedad español. Normalmente lo tramita el notario o abogado, aunque también puede gestionarlo una gestoría o empresa administrativa. La inscripción garantiza tu condición de propietario legal y protege tu propiedad frente a terceros.

2. Actualización de los datos catastrales (Catastro)

Además del registro, tu propiedad debe estar registrada en el Catastro español. Este registro sirve para fines fiscales y describe el inmueble en detalle. Los datos catastrales (referencia, superficie, ubicación) deben coincidir con la realidad. En caso de discrepancias, es recomendable solicitar una rectificación.

3. Solicitud del número NIE (Número de Identificación de Extranjero)

El NIE es tu número fiscal en España y es obligatorio para la mayoría de los trámites – desde la compraventa hasta la contratación de suministros. Si aún no lo has solicitado antes de la compra, debes hacerlo cuanto antes. También los cotitulares o personas con poderes necesitarán su propio NIE.

4. Notificación en el Ayuntamiento

Según el municipio, debes notificar tu condición de propietario a la administración local. Esto afecta, por ejemplo, a la tasa de basura (Tasa de Basura), el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y otros tributos municipales. En muchos casos recibirás una carta informativa – responde rápidamente para evitar recargos o sanciones.

5. Apertura de una cuenta bancaria española

Para pagar los gastos corrientes como luz, agua, impuestos o seguros, necesitas una cuenta bancaria en España. Muchas entidades y administraciones solo aceptan IBANs españoles para domiciliaciones. Asegúrate de que la cuenta permita gestionar pagos online desde el extranjero.

6. Contratación de suministros: luz, gas y agua

Si tu vivienda ya tiene suministros, deberás cambiar los contratos a tu nombre. Si no, tendrás que solicitarlos de nuevo. Normalmente se requieren:

  • Copia del contrato de compraventa o nota registral
  • Número NIE
  • Datos bancarios
  • Certificados técnicos (por ejemplo, certificado eléctrico)

Se recomienda delegar este trámite en una gestoría o empresa de administración, especialmente si no estás presente en España.

7. Pago del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)

El IBI es el principal impuesto anual sobre inmuebles y lo recauda el ayuntamiento correspondiente. Su importe depende del valor catastral. Asegúrate de estar dado de alta y de tener domiciliado el pago para evitar recargos.

8. Impuesto de no residentes (Modelo 210)

Si no resides fiscalmente en España, debes presentar anualmente la declaración del Modelo 210. Incluso si no alquilas tu propiedad, se imputa un rendimiento por uso propio. Este trámite puede realizarlo un asesor fiscal o gestor en tu nombre.

9. Registro para alquiler turístico (opcional)

Si deseas alquilar tu vivienda a turistas, necesitas una licencia de alquiler turístico. En la Comunidad Valenciana es obligatoria. Los requisitos son estrictos (equipamiento, certificado energético, acreditación de la titularidad, etc.). Sin licencia válida, te arriesgas a multas elevadas. Te recomendamos asesorarte profesionalmente.

10. Contratar un seguro

Aunque no es obligatorio, es muy recomendable contratar un seguro de hogar o de edificio. Cubre daños por agua, fuego o robo. Si alquilas la vivienda, también se aconseja una póliza de responsabilidad civil. Existen seguros adaptados a propietarios no residentes.

Conclusión: Disfruta tu propiedad con tranquilidad

Con la compra de tu vivienda vacacional has dado un paso importante. Para que tu propiedad esté legalmente protegida y bien gestionada, conviene ocuparse cuanto antes de todos los trámites administrativos. Si no resides en España, lo ideal es contar con una gestoría, un abogado o una empresa de administración con experiencia. Así podrás disfrutar de tu casa sin preocupaciones ni sorpresas desagradables.

Crédito fotográfico: YuriArcursPeopleimageselements.envato.com